En la propuesta de reforma del Estatuto de los Trabajadores se encuentra el obligar a las empresas a llevar un registro de entrada y salida de todos de sus trabajadores firmado por estos. Estos datos deberán guardarse durante cuatro años y ponerlos a disposición de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Aquellas empresas que incumplan esta obligación, incurrirán en una infracción por cada uno de sus empleados.
Los registros deberán ser comunicados por escrito y de forma periódica y regular, no superior al mes, a los trabajadores junto al recibo de salarios. De manera mensual deberán comunicarse a los representantes de los trabajadores.
Según el borrador, en el contrato "deberá figurar el número de horas ordinarias de trabajo al día, a la semana, al mes o al año contratadas, así como el modo de su distribución según lo previsto en el convenio colectivo".
"En todo caso, se concretará de forma expresa en el contrato el horario habitual de trabajo, sin que sea suficiente a estos efectos la mera referencia al convenio colectivo de aplicación". Si no se especifican estas exigencias, se entenderá que es a jornada completa.
Los trabajadores a tiempo parcial no podrán hacer horas extraordinarias salvo en algunos supuestos. La suma de horas ordinarias y complementarias no podrán exceder del límite legal del trabajo a tiempo parcial. Podrán hacerse excepciones "en aquellos sectores, trabajos y categorías profesionales que por sus peculiaridades así lo requieran".
Según el Gobierno, trabajar más horas de las firmadas "dificulta la conciliación familiar y el salario y afecta a las cotizaciones de la Seguridad Social" ya que "no se cotiza por el salario que correspondería a la jornada realizada".
El Ministerio de Trabajo atiende así las sentencias de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo de 2015 y 2017, que pedían una legislación sobre el fichaje de entrada y salida de los trabajadores. Es por lo que se propone "una reforma normativa que clarifica la obligación de llevar el registro de la jonada, a efectos de garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada, de posibilitar el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y de crear un marco de seguridad jurídica tanto para las personas trabajadores como para las empresas".
Según el Gobierno, los objetivos son facilitar la resolución de discrepancias en cuanto a la jornada y sobre el salario, "así como para acabar con un elemento de precariedad de las relaciones laborales, reconociendo el papel de la negociación colectiva".