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Desde el 6 de abril y hasta el 30 de junio de 2022 queda abierta la campaña de la RENTA 2021, aunque hay que tener en cuenta que el límite para presentar las declaraciones con resultados a ingresar que se quieran domiciliar, es el lunes 27 de junio.
Entre las novedades de este año, aparece un nuevo tipo de gravamen para rentas de trabajo superiores a 300.000 euros. Los tramos del IRPF para rentas del trabajo quedan así:
En cuanto a las rentas del ahorro, se añade un cuarto tramo que afecta a las ganancias superiores a los 200.000 euros, que pasan a tributar un 26%., quedando de la siguiente manera:
Se aplicará la «Ley Beckham» a los extranjeros que no hayan sido residentes fiscales aquí durante los diez años anteriores. Tributarán en dos tramos de IRPF; el 24% por los primeros 600.000 euros obtenidos por rendimientos del trabajo, y el 47% a partir de esa cantidad.
Se regula el mercado de segunda mano. Hay obligación de declarar las ventas en plataformas de segunda mano si el valor de venta es superior al de la compra. Por otro lado, si es una actividad que se ejerce de manera habitual o el volumen de ingresos supera al salario mínimo interprofesional, se considera como actividad económica, por lo que hay que darse de alta como autónomo, declarar el IVA y cumplir con todas las obligaciones tributarias correspondientes.
Otra de las novedades que nacen para ajustarse a los nuevos métodos financieros es la inclusión de una casilla para la tributación de las criptomonedas. Hay obligación de declarar las inversiones cuando los ingresos obtenidos superen los 1.000 euros.
En cuento a las deducciones, quedan exentas las ayudas recibidas por catástrofes naturales, como la borrasca Filomena y la erupción del volcán Cumbre Vieja en La Palma.
El límite de reducción por aportaciones a planes de pensiones se reduce a 2.000 euros anuales.
Si a partir del 6 de octubre de 2021 ha realizado obras de rehabilitación energética en edificios, puede obtener las siguientes deducciones:
Los límites que obligan a presentar la declaración no han sufrido cambios:
Recordar que quienes reciben el Ingreso Mínimo Vital están obligados a presentar la Renta para poder seguir disfrutando de él.
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